En consecuencia de lo expuesto anteriormente, esta Jueza Unipersonal Nº 05 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA, formulada por los ciudadanos: : RAFAEL BUITRAGO BAUTISTA y SULEYMA CORDERO DE BUITRAGO, ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos, según consta en Acta de Matrimonio Nº 28 de fecha 30 de Diciembre de 1987 por ante la Prefectura del Municipio Delicias Distrito Junín Estado Táchira.
En relación a: VICTOR ALFONSO, NELSON FRANCISCO, DAYANA MARIANLLY y DAYMARA MILEIDY BUITRAGO CORDERO, la Patria Potestad, la Guarda y Custodia, la Obligación Alimentaría y el Régimen de Visitas, se regirá por lo estipulado por la partes en el escrito de solicitud.
Liquídese la comuni.....