ESTE JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, aclarar LA SENTENCIA DE DIVORCIO, dictada en fecha (16-01-2012), EN EL EXPEDIENTE nº 442, presentado por los ciudadanos JAIRO LOZANO ABRIL Y OMAIRA BELKIS CASIQUE DE LOZANO, ya que lo correcto, es: E -90571177, los cuales son los datos exactos del solicitante JAIRO LOZANO ABRIL, en la mencionada sentencia. Y ASI SE DECIDE. En lo que respecta a los ciudadanos Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y Registrador Principal del Estado Táchira, se acuerda remitir copia fotostática certificada, del presente auto O Aclaratoria de Sentencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, del presente auto con oficio a los mencionados organismos a objeto de que sea agregado a la copia certificada de la sentencia de divorci.....