Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo penal Función de Control estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a MANUEL A. DE SOUSA, VASCO ALVES DA SILVA Y ANTONIO DA SILVA FERNANDEZ, portadores de las cédulas de identidad Nos. E-748845, 12.893.163 Y E-81.382.902, respectivamente, por haberse extinguido la acción penal por prescripción de la misma de conformidad con el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.