D I S P O S I T I V O
Por las razones antes expuestas, TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA CULPABLES PENALMENTE Y CONDENA al acusado RONALD ANDRES ORTA ACOSTA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 26 de agosto de 1985, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.899.945, soltero, de profesión u oficio obrero en construcción, residenciado en la Zona Industrial de la Fría, no recuerda mas datos, Estado Táchira, por el delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos Carlos Antonio Cárdenas García, Nelson Mora y Javier Mora, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, todo conforme al procedimiento establecido en el artículo.....