Con mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara: PRIMERO: CONFESA a la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO CORDOBA ESTADO TACHIRA, en la persona de su representante ciudadana Virginia Vivas. SEGUNDO: CON LUGAR, la acción incoada por los ciudadanos Ramón María Ascencio Fuentes y Amelia Tibana Pérez contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO CORDOBA DEL ESTADO TACHIRA, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a los ciudadanos RAMON MARIA ASCENCIO FUENTES la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.194.635,57) y a la ciudadana AMELIA TIBANA PÉREZ la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEV.....