Se DECLARA: PRIMERO: Competente para la sustanciación y decisión de la acción de amparo propuesta.
SEGUNDO: Por aplicación de la disposición contenida en el numeral 5º del artículo 6º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional incoada por la sociedad mercantil Avior Airlines, C.A., en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en la que intervino como tercera interesada la sociedad mercantil Servicios Auxiliares de Aviación Ven-Was International, S.A., todos suficientemente identificados al principio de esta decisión.
TERCERO: Se deja sin efecto la medida innominada decretada en este juicio.
CUARTO: Por tratarse el amparo ejercido de una acción de amparo contra decisiones judiciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Gar.....