PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del imputado JOSE GREGORIO FUENTES SANDOVAL, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 23 años de edad, nacido en fecha 26-11-1986, titular de la cedula N° V.- 21.286.243, albañil, soltero, residenciado en carrera 9 y 10, casa numero 20, Sector Las Mercedes, en la población de Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de USO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSA, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la FE PÚBLICA; al cumplir con lo establecido en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 n.....