Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.5 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECRETA LA COLOCACIÓN FAMILIAR de la niña MARIANNA NOHELY CARRERO CARRERO, en el hogar de los ciudadanos MORELBA CARRERO GARCIA DE MARTINEZ y DOUGLAS WILFREDO MARTINEZ AYALA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nos.V-11.504.742 y V-10.163.619 en su orden. En consecuencia los prenombrados ciudadanos ejercerán la Guarda y Representación de la referida niña, con todos los atributos que para ello establece el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal del Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los treinta y un días del mes Enero del año dos mil seis. Años 195 de la In.....