En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD CORPORAL del ciudadano RAMÓN EMILIO BARROS RODRÍGUEZ, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira estado Vargas, nacido el 09-10-1975, de 31 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, portador de la Cédula de Identidad N° 16.309.172, residenciado en el Barrio Atanasio Girardot, Sector la Playa, casa S/N, Maiquetía estado Vargas, faltando por cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 13 y 34 ambos del Código Penal, establecidas en la sentencia definitivamente firme dictada en su contra