SE DECRETÓ la SEPARACION DE CUERPOS y BIENES, de los ciudadanos REYNA DAYARY RODRIGUEZ FLORES y EMERSON ORIEL SALINAS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-19.819.173 y V-15.507.576, respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en su escrito de solicitud de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero