Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO INTERPUESTA POR EL CIUDADANO: JULIO BOLIVAR SEVILLANO ARCE, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.056.914, asistido por la abogada LUPE ROSARIO DIAZ VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.780; en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS PROGRAMADOS POR COMPRAS C.A., representada por el ciudadano WOLFAN JACINTO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V.-13.282.872, en consecuencia se ordena a la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIOS PROGRAMADOS POR COMPRAS, representada por e.....