EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por los ciudadanos NAEDITH CAROLINA MÁRQUEZ DE ALVIAREZ y RODULFO ALEXANDER ALVIAREZ BRICEÑO, asistidos por el Abg. Rodrigo Cruz, contra el fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha trece (13) de febrero de 2017, que declaró Inadmisible sobrevenidamente el amparo intentado.SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha trece (13) de febrero de 2017, que declaró Inadmisible sobrevenidamente el amparo intentado. No hay condenatoria en costas procesales, por la naturaleza del litigio.