Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos LUISANY JOSEFINA CHACIN ROMERO y NUNO MIGUEL ALVES DOS SANTOS, venezolana y extranjero, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.546.776 y E-82.059.437, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, asentada bajo el N°292, Folio 048 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.