PRIMERO: Se declara con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante.SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda de cumplimiento de contrato interpuesta por "INMOBILIARIA SOFITASA, C.A", inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 30/03/1988, anotada bajo el Nº 19, Tomo 17-A, representada por su apoderada judicial Abogada LYUDMILA EMILIA VASQUEZ DUQUE, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 49.905, contra los ciudadanos ALDEMARO SANCHEZ BALAGUERA y MARTHA DEL CARMEN PEREZ MELAN, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° V-11.304.023 y 11.301.656, en su orden, de éste domicilio. TERCERO: Se ordena a los arrendatarios, ya identificados, desocupar y hacer entrega a la "INMOBILIARIA SOFITASA", totalmente libre de personas y cosas, el inmueble CUARTO: Se advierte a los arrendatarios que deberán pagar los cánones de arrendamiento que se causen hasta la total y definiti.....