Visto el contenido de la diligencia de fecha 29 de Marzo de 2017, suscrita por los Ciudadanos CESAR ORLANDO SANCHEZ PEREZ, AURORA MENDEZ MENDEZ y JOSE SOTERO AQUINO SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de cedulas de identidades Nros. V.-3.623.577, V.-5.633.774 y V.-10.558.329, respectivamente de este domicilio, asistidos por el abogado DUGLAS PEROZO PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-2.883.805, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 15.111, por una parte, y por la otra el abogado OMAR ENRIQUE SAYAGO SAAVEDRA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 167062 en el cual deciden poder fin al presente juicio mediante CONVENIMIENTO y por cuanto se observa que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIR.....