Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA intentada por la ciudadana FRANCISCA JOSEFA LUGO FERMIN, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° V- 6.467.752, contra los ciudadanos GUILLERMINA SOJO UGUETO, OLGA MARGARITA SOJO UGUETO e ISIDRO SOJO UGUETO, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-4.561.284, V-4.559.836 y V-6.470.660 respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara concubina a la ciudadana FRANCISCA JOSEFA LUGO FERMIN, venezolana, mayor de edad y de est.....