DECLARA INADMISIBLE DE MANERA SOBREVENIDA de conformidad con lo previsto en el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el representante de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del fallo dictado en fecha 23-01-2014, cuyo auto fundado fue publicado el 06-02-2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENO a los ciudadanos STIGUER ISRRAEL MARTINEZ CASTILLO, WILFRAIN JESUS ROMERO SANCHEZ y JOHNY JOSE MATERANO GARCIA, titulares respectivamente de las cédulas de identidad N° V-18-460.080, V-21.618.369 y V.-13.246.950 respectivamente, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458, en relación con los artículos 80, segundo aparte y 82 todos del Código Penal, en.....