DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida en contra de quien en vida respondiese al nombre de IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, 48 Ordinal 1° y 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal. Aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.