En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano RAFAEL JESUS GUILLEN HERNANDEZ, Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.539.387, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, nacido el 03-08-1971, de 35 años de edad, de profesión u oficio, comerciante, hijo de Fabiola Hernández (v) y Elías Guillen Pineda (v), residenciado en: Urbanización Pinares, segunda Avenida, San Cristóbal, Estado Táchira, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiem.....