Visto el contenido del acta de fecha 28/10/2009, celebrada por ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, Chaguaramas y José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en donde la parte demandante, ciudadana MARIELA ANA MARIA LORETO DE GUARAN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 8.570.059 y con domicilio en Valle de la Pascua, Estado Guárico, asistida del abogado OMAR ANTONIO FLORES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 1.870, por una parte, y por la otra, el abogado GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.721, quien actúa con el carácter de apoderado especial de la parte demandante, deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SA.....