En consecuencia este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Levantar la Medida Preventiva de Embargo sobre el vehículo propiedad del demandado ciudadano: YUNIO RAIBERT URDANETA VILLASMIL.--------------------- SEGUNDO: Ofíciese al depositario judicial ciudadano: RICHER EDUARDO MONCADA CONTRERAS, para que haga entrega del vehículo al demandado ya identificado.---------------
TERCERO : Hágase el desglose de los documentos originales de Vehiculo embargado el cual corren insertos en los folios 20 al 26, ambos inclusive, del cuaderno separado de medidas, pertenecientes al ciudadano YUNIO RAIBERT URDANETA VILLASMIL, y en su lugar déjense las respectivas copias fotostáticas certificadas en el presente expediente. ----------
CUARTO: Se da por terminada la.....