En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, mediante diligencia de fecha 23 de febrero de 2015.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por los abogados Andrés Eladio Pernía Mora, Hildemar Rojas Balza y Noli Nelo Negrón Portillo, actuando con el carácter de
apoderados judiciales del ciudadano Gilberto Goncalves Cavaco, quien actúa en nombre propio y en representación de la sociedad mercantil Auto Silenciadores y Escapes La Fría, S.R.L., y de Jaxilde Lample de Goncalves, contra el ciudadano Armindo De Oliveira Gil, por reivindicación. En consecuencia, se ordena al demandado hacer entrega al mencionado ciudadano Gilberto Goncalves Cavaco, del inmueble de su prop.....