Vistos los términos de la transacción judicial celebrada entre los trabajadores MARCOS TULIO MAYORA, REGINO ANTONIO DEMEY, ETANISLAO MAYORA, SIMÓN MENDOZA, FELIBERTO MONTES, ALBERTO MAYORA, ODALISCA MILÁN, MAURA URBANEK, MARIO ANTONIO SUÁREZ, ALEXI VARGAS, JUAN JOSÉ BELLO, NATALIO RUIZ, FRANCISCO SUÁREZ, GLEDYS VILLARROEL Y HAYDEE CASTILLO y la ASOCIACION CIVIL CLUB ORICAO, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: imparte HOMOLOGACIÓN debida a la presente transacción dándole efecto de cosa juzgada en conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 de su Reglamento en concordancia con el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.