ABSUELVE a los adolescentes : (IDENTIDAD OMITIDA), de los hechos imputados por la representación fiscal, constitutivos del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en los artículos 5 y 6, numerales 1°, 2°, 3°, 5° y 10 ° de la Ley de Hurto y Robo de Vehículos Automotores, como calificación jurídica principal y del delito de encubrimiento, previsto en el artículo 254 del Código Penal, por no haber prueba de su participación en el hecho punible atribuido, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal ¿e¿ de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño y del Adolescente