PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de desalojo, incoada por la ciudadana LEONOR HERNANDEZ DE ROMERO a través de sus apoderadas judiciales Abogadas MAGALY SOCORRO PARRA DE DEPABLOS y ANGELICA MARIA MUÑOZ RODRIGUEZ, contra el ciudadano JOSE DEL CARMEN MONCADA ALVIAREZ representado por las Abogadas JOHANNA ARIAS JIMENEZ y EMIL ESTRELLA NEGRIN MEDINA.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, SE ORDENA el desalojo y la entrega del inmueble que ocupa como arrendatario el ciudadano JOSE DEL CARMEN MONCADA ALVIAREZ, ubicado en el Barrio 23 de Enero, vereda 3, número 3-83, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada JOSÉ DEL CARMEN MONCADA ALVIAREZ, a pagar a la demandante LEONOR HERNANDEZ DE ROMERO, la suma de UN MIL CIENTO VEINTE BOLÍVARES (Bs. 1.120,00) por concepto de daños y perjuicios por cánones de arrendamiento no pagados, correspondientes a los meses: Agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2007, enero, febrero, marzo, .....