En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos NELSON SIMON ARIAS BECERRA y EDWIN ALFONZO LUZARDO PARADA, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD DEL ESTADO TÁCHIRA, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NELSON SIMON ARIAS BECERRA contra la Empresa Mercantil CONSORCIO OCCIDENTAL S.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. TERCERO: Se condena a la parte codemandada Consorcio Occidental S.A., a pagar al ciudadano Nelson Simón Arias Becerra, la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SEIS BOLÍVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs.4.093.006,27). CUARTO: Se declara procedente la indexación monetaria de las cantidades c.....