En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
ÚNICO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de sustitución por otra menos gravosa de la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada al acusado: FELIX ENRIQUE DÍAZ CORRO, plenamente identificado en autos. Asimismo, se fijó la celebración de la audiencia Oral y Pública, para el día 18 de junio de 2010 a las 11:00 de la mañana. Notifíquese a las partes y envíese boleta al Director del Centro de Reclusión a los fines de que informe al acusado acerca del contenido de la presente decisión.