El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha veinte (20) de marzo de 2017 por la representación del demandante, abogada Ana Zuleyma Osorio Romero, contra el auto de fecha trece (13) de marzo de 2017, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día trece (13) de Marzo de 2017, que declaró inadmisible la demanda. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas procesales por la naturaleza del litigio.Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.