En este orden de ideas, esta Instancia Agraria, una vez analizadas las normas transcritas, observa que se encuentran llenos los extremos requeridos para considerar válido el desistimiento efectuado, en consecuencia de lo cual, imparte su Homologación, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, se da por consumado el acto y se procede en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y por cuanto no hay más actuaciones que realizar, esta Instancia Agraria ordena dar por terminada la presente demanda con el correspondiente archivo del expediente. Así se declara.
El Juez Provisorio,
Luis Ronald Araque García, La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra Meneses.