PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SE HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos JESÚS MANUEL CHACÓN CASTRO y DANIEL ABELARDO CÁRDENAS VARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-3.449.541 y V.-17.108.104, respectivamente, de este domicilio, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, interpuesta por los ciudadanos ANTONIO JOSÉ ACEVEDO BASTOS y LUZ MARINA CASTRO DE ACEVEDO, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de las cédulas de ide.....