DECLARA CON LUGAR la demanda presentada por: NANCY ISABEL SANCHEZ GALAVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.173.147, asistida por el abogado en ejercicio: OSCAR EDUARDO USECHE MOJICA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 12.835, en contra de: MIGUEL IGNACIO CUELLAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.152.688. En consecuencia, queda disuelto por Divorcio en base al artículo 185, numeral segundo (2º) del Código Civil, es decir por "abandono voluntario", el vinculo matrimonial contraído por ellos en acto celebrado en fecha 14 de Abril de 2000, por ante la Prefectura del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según acta Nro. 192. Y ASI SE DECLARA. En cuanto a la Patria Potestad sobre la hija, ésta será ejercida en forma conjunta por los padres. En cuanto a la obligación alimentaria, Régimen de Visitas y la Guarda, se regirá de acuerdo a lo acordado en los respectivos cuadernos separados al efecto. Y ASI SE .....