PRIMERO: Se admite la acusación formulada contra CRISTIAN LEONARDO LEÓN ÁLVAREZ, por la presunta comisión de los delitos de CO AUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, JOSÉ FRANCISCO DÁVILA MENDOZA, por la presunta comisión del delito de CO AUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, y YEAN CARLOS RAMÍREZ OMAÑA, por la presunta comisión de los delitos de CO AUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 330, ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se CONDENA a los acusados CRISTIAN LEONARDO LEÓN ÁLVAREZ, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha el día 08 de diciembre de 1,986, de 21 años de edad, hijo de Cristian León Uribe (v) y de Betty Esper.....