ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: DECLARA CULPABLE al acusado JHON JAIRO SAN JUAN REALES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.291.032, nacido el 03 de Enero de 1983, domiciliado en Naranjales, Sector Brisas de Teteo 1, Estado Táchira, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y del delito de OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 ejusdem, en perjuicio de RIGOBERTO COLMENARES y el ORDEN PÚBLICO. SEGUNDO: CONDENA a JHON JAIRO SAN JUAN REALES, ya identificado, a cumplir la pena de DIECISÉIS AÑOS Y CUATRO MESES DE PRESIDIO, así como las accesorias de Ley correspondientes, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIO.....