RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, al ciudadano Penado JAIMES MÁRQUEZ JIMMY GREGORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.418.169, soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en puerto nuevo, parroquia Emeterio Ochoa, municipio libertador al lado del dispensario, estado Táchira, por cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, y del lapso del Régimen Impuesto por este Juzgado en razón de la Libertad Condicional que le fue otorgado, y por tanto decreta LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.
Cópiese, notifíquese y cúmplase,
Abg. . NELIDA IRIS MORA CUEVAS
Juez Cuarto de Ejecución.
Abg. GAHU MALHI MONCADA C.
Secretaria.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Causa Nº E4-1630-04
31-07-08
NICM