PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación limitada interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 27 de abril de 2009.
SEGUNDO: ORDENA LA CITACIÓN de los ciudadanos Carlos Manuel Flores Rico, titular de la cédula de identidad N° V-12.972.255 y Giovanni Alberto Castro Moreno, titular de la cédula de identidad N° V-9.224.414, como terceros intervinientes llamados a la causa por la parte demandada conforme a lo establecido en el ordinal 4° del artículo 370 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la decisión de fecha 18 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
CUARTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante apelante.