ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los ciudadanos: YOLIBETH ROMERO MARIN, de nacionalidad Colombiana, natural de Chiriguana Cesar, titular de la cédula de identidad de Colombia 37.391.735, nacido en fecha 25 de Octubre de 1982, de 30 años de edad, soltera, hijo de LUIS Rafael Romero (v) y Carmen Marin (v), de profesión u oficio Ama de casa; residenciado en la Barrio Mariara, la democracia calle andres Eloy Blanco, casa 37, Valencia, cerca de una cancha y de la Iglesia, teléfono 0416-9944070 (papá); por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO previsto y sancionado en los artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación; por encontrarse llenos los extremo.....