PRIMERO: Mantiene la interdicción provisional del ciudadano José Ottoniel Maldonado Chacón decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante decisión de fecha 29 de octubre de 2010, así como el nombramiento de tutor interino en ella efectuado.
SEGUNDO: Anula el fallo objeto de consulta, dictado en fecha 02 de mayo de 2011 por el mencionado Tribunal, así como el examen psiquiátrico psicológico practicado al notado de incapaz y su correspondiente informe, los cuales deberán efectuarse de nuevo previa juramentación de los facultativos designados a tal efecto. Igualmente, deberá oírse la opinión de dos (2) familiares más o amigos de la familia, a los fines de dar cumplimiento al artículo 396 del Código Civil, cumplido lo cual se procederá a dictar nuevamente sentencia definitiva.