Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional en fecha 20OCT2003, mediante la cual condenó al ciudadano JHON de JESUS RIVAS GOMEZ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, donde nació el 16NOV1963, hijo de María Gómez y Andrés Rivas, titular de la cédula de identidad N° 9.211.571, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a DOS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera se ORDENA la INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano JHON de JESUS RIVAS GOMEZ, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario.....