este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, vista la inactividad del accionante en este proceso desde el veinte (20) de Mayo de 2015, hasta la presente fecha, habiendo permanecido la causa paralizada por inercia por más de un (1) año, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL. ASÍ SE DECLARA.