En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento ORDINARIO de conformidad con lo previsto en el art. 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara la aplicación de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano: PEDRO ANGEL FALCON ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° 17.482.121, prevista en el artículo 256, ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la de presentarse ante la sede del Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, cada treinta (30), días, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218.....