Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio Circunscripcional en fecha 24OCT2001, mediante la cual condenó a los ciudadanos MARIA SAYAKO ANTONA MAKOSHI, española, natural de Madrid, donde nació en fecha 11AGO1979, hija de Kiyoko Makoshi y Francisco Antona, portadora del pasaporte N° M651433 y JOSE CLAVAGUERA FIGUEREDO, español, natural de Barcelona, donde nació en fecha 26AGO1974, hijo deSaida Figueredo y Jaime Clavaguera, portador del pasaporte N° Y-813784a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a OCHO AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento y tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, aplicando en el primero de los casos la norma establecida en el artículo 98 del Código Penal vigente, todo ello de conformidad con lo establecido en el num.....