Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 13JUL2005, mediante la cual condenó al ciudadano JUAN JOSE MORENO JAVIER, a cumplir la pena de QUINCE AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a NUEVE (9) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias que le fueron impuestas en su oportunidad legal.