CON LUGAR la apelación interpuesta por la Representante Fiscal del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 26 de febrero de 2008, con ocasión de celebrarse la audiencia para oír al imputado, mediante la cual DECRETÓ MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal y en su lugar DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado JOUNSER OSWALDO ROSALES BRITO, plenamente identificado en autos, por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3 y 251 numerales 2 y 3 y parágrafo primero todos del Código Orgánico Procesal Penal, pero por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 de Código Penal, en relación al primer aparte del artículo 80 d.....