REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito, en fecha 14 de febrero de 2011, mediante la cual DECRETO MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano ANDRES AVELINO TORRES RAMIREZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80 en su segundo aparte del Código Penal y, en su lugar SE IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano mencionado, conforme al numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá presentarse una (1) vez al mes a la Oficina de Alguacilazgo, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES EN RIÑA, previsto y castigado en el artículo 413 en relación con el encabezamiento del artículo 418 y el segundo aparte del artículo 422, todos del Código Penal