DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN JOSE GONZALEZ en su carácter de Defensor Privado del ciudadano HENDEMBERS ALEXANDER RODRÍGUEZ FEBLES y en consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 06 de Octubre de 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Decretó al mencionado imputado Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, prevista en los artículos 250, en concordancia con el artículo 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, perpetrado en perjuicio de la adolescente de 17 años de edad, sujeto pasivo calificado, en este tipo penal, la cual funge como denunciante en esta investigación, y "cuya identidad se omite conforme al parágrafo Segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica .....