DECRETÓ la Medida de Privación de Libertad del ciudadano ANTONIO JOSE MARCANO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 14.768.024, por la presunta comisión de los delitos de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD y HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previstos y sancionados en los artículos 174 y 405, en concordancia con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal y, en su lugar se IMPONEN las Medidas de Protección y Seguridad contenidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y las Medidas Cautelares Sustitutivas establecidas en el artículo 92 numeral 7 ejusdem y artículo 242 numeral 3 del texto adjetivo penal vigente, por lo que deberá presentarse ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada treinta (30) días y las veces que el Tribunal lo requiera, pero por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Dere.....