DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control Circunscripcional, en fecha 23/08/2011, en la que impuso al ciudadano FREDY ALBERTO DÍAZ PINZON las MEDIDAS CAUTELARES SUTITUTIVAS DE LIBERTAD, previstas en el artículo 256 numerales 4 y 8 del texto adjetivo penal, pero por la comisión de los delitos de FALSA ATESTACION POR PARTICULAR ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto en el encabezamiento del artículo 320 del Código Penal vigente y DOCUMENTO FALSO, tipificado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, ello en virtud de encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se declara SIN LUGAR la .....