Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Juicio Circunscripcional en fecha 03/05/2002, mediante cual condenó al ciudadano EMILIO ZAHARIEV ZLATANOV, de nacionalidad Búlgara, de 43 años de edad, nacido en fecha 12/12/1964, hijo de Zahari Zlatanov (v) y Fani Zlatanov (v), portador del Pasaporte de la República de Bulgaria No. 317177807, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a OCHO (8) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias que le fueron impuestas en su oportunidad legal.