se SUSPENDE la Medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, recaída sobre el inmueble identificado como: "un apartamento en propiedad horizontal, distinguido con las siglas B-1 y código de Catastro N° 24-01-01-U01-05-23-15, situado hacia el ángulo Sur-Este de la Planta Primer (1er), del edificio denominado "RESIDENCIAS MAYORI", situado en el Bloque Nro. 55, con frente a la Avenida Granada de la Urbanización Caribe, en Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, del Municipio Vargas del Estado Vargas, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con el apartamento siglas C-1; SUR: Con la fachada Sur del Edificio; ESTE: Con la fachada Este del Edificio; y OESTE: En parte con pasillo de circulación y en parte con el apartamento siglas A-1, le corresponde un porcentaje de condominio de cuatro enteros con setenta centésimas por ciento (4,70%) sobre las cosas y cargas comunes del Edificio, tiene un área aproximada de sesenta y tres metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (63,50mts2), según.....