Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Civil, Mercantil, de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por el Ciudadano CARLOS ALBERTO MÉNDEZ TORRES y a tal efecto se ordena enviar copia certificada de esta decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas y al Ciudadano Registrador Principal del Estado Vargas, a fin de que sirvan estampar la nota marginal respectiva en la partida de nacimiento previa determinada así: Donde se lee CARLOS ALVERTO, debe decir CARLOS ALBERTO, lo que es verdadero y cierto, que es lo correcto. Así se decide.